Si eres organizador de alguna prueba o competición de Triatlón te interesa conocer la Normativa aplicable y los documentos que te resultarán de interés para la gestión de los diferentes trámites y con la Federación al que puedes acogerte. La Federación, además, oferta multitud de Servicios para Organizadores. Estos servicios se "personalizan" a través del asesoramiento del personal de la Federación y del propio Delegado Técnico, que junto con el Juez Árbitro, son los profesionales que estarán en tu prueba, velando por que todo salga lo mejor posible. Ten en cuenta que el 31 de octubre es el plazo límite para la SOLICITUD DE PRUEBAS 2010 (las solicitudes posteriores a esa fecha serán revisadas por el Comité de Competiciones y aprobadas en Junta Directiva). También puedes consultar los acuerdos tomados en las reuniones de organizadores (órgano consultivo-asesor de la Asamblea).
Cualquier club, o entidad distinta a éstos que desee organizar una prueba, deberá de obtener la licencia de ORGANIZADOR (ver solicitud de licencia). Recordamos que las opciones de elección de los distintos organizadores son: Campeonatos Autonómicos, Copa Federación, y Liga de Clubes (ver apartado de Normativa), además de pruebas escolares. A partir de 2010, TODOS los Federados por la C. Valenciana dispondrán de "chip en propiedad" con el objeto de facilitar la gestión de este sistema (se adquirirá con la licencia y se entregará en las distintas pruebas a las que el deportista se inscriba).
Requisitos y pasos a la hora de organizar una competición en 2010
Si eres organizador de alguna de las especialidades deportivas que recogen nuestros Estatutos, debes de tener en cuenta lo siguiente:
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Ponerte en contacto con la Federación, para comentar dicha intención. Para que sea efectiva, es necesario remitir a la Federación, la "Solicitud de organización de prueba";
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Enviar a la Federación, una vez acordada la fecha, el permiso del/de los ayuntamientos por los que discurra la prueba. Es importante adjuntar a dicho permiso, un croquis de los recorridos, un borrador del reglamento de la misma, y el plan de medidas de seguridad (según marca el Reglamento de General de Circulación, en su Anexo II)
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Enviar a la Federación, una vez firmado por el organizador, el Convenio de Colaboración (es el documento básico de acuerdo entre la Federación y el Organizador)
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Remitir, debidamente cumplimentado, el "Informe del Organizador" (a este documento se deberán de adjuntar todos los planos de recorridos, EL rutómetro -explicación de recorridos con horarios de paso- el borrador del tríptico o díptico y el Plan de Medidas de Seguridad previstos)
Es importante que igualmente conozcas las CONDICIONES DE ORGANIZACIÓN 2010, aplicables a cada uno de los tipos de competiciones que tutela la Federación de Triatlón de la C. Valenciana, y que aprobo la pasada Asamblea de la Federación.
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Condiciones de la Organización de Competiciones de 2010 (ACTUALIZADO 2010)
Por otra parte, a la hora de preparar la documentacion relativa a una competición, es conveniente conocer la "numeración" de las carreteras por las que la prueba discurre (caso de no ser una competición que discurra por el casco urbano de alguna localidad). En el siguiente documento, se muestran actualizadas las titularidad y nomenclatura de las carreteras de la Comunidad Valenciana.
Servicios a Organizadores de Competiciones
Recuerda que la normativa vigente NO PERMITE la organización de cualquier tipo de competición (sea del nivel deportivo que sea) sin un permiso y/o colaboración de la Federación. Si eres Organizador o tienes interés en organizar una prueba de triatlón, duatlón, acuatlón, etc, te interesa saber los servicios que la Federación de Triatlón de la Comunidad Valenciana te ofrece:
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Tramitación de permisos y solicitudes de pruebas a los organismos competentes (Consellería, Ministerio, etc.)
- Gestión de "licencias de un día" (para aquellos deportistas no federados)
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Gestión de "seguros de responsabilidad civil del organizador" (de contratación obligatoria para TODAS las pruebas tuteladas por la Federación)
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Gestión de inscripciones y resultados (obligatorio para pruebas de Cptos. Autonómicos, Interclubes y Copa Federación)
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Apoyo técnico del Área de Competiciones de la F.T.C.V. y del propio Delegado Técnico nombrado por el Comité de Jueces y Oficiales de la C.V. (ver tabla de Delegados Técnicos y Jueces Generales en apartado de Jueces)
- Cobertura de jueces en la prueba
- Asistencia técnica y asesoramiento permanente del personal federativo
- Gestión de servicios y material a bajo coste (gorros, dorsales, etc.)
- Cesión de infraestructuras (boxes)
- Cobertura de medios de comunicación a través del Gabinete de Prensa de la Federación (INFOESPORT)
- Información telefónica en la Federación para cualquier potencial participante
- Publicación de información en web, y posibilidad de ceder espacio en la misma
- Publicación de inscritos y resultados en la web de la Federación
- Gestión de cobertura de recuperación por electro-estimulación (a través de COMPEX)
- Gestión con otros proveedores (arco de meta, crono, megafonía, etc.)
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Gestión del cronometraje a través del sistema TRIVALCHIP (chip electrónico), en exclusiva para los organizadores de la C. Valenciana
Como ya se ha indicado, en el listado de más abajo figuran los Delegados Técnicos y Jueces Árbitros designados por el Comité de Jueces y Oficiales, son los encargados de "ajustar" el Reglamento de Competiciones a la Realidad de cada prueba. Ellos se pondrán en contacto con cada organizador (para ello es importante rellenar y remitira la Federación el Informe del Organizador, con la suficiente antelación).
Normativa aplicable y documentos de interés.
Los siguientes documentos deberán ser leídos, y, aquellos que corresponda, cumplimentados por la Federación y los Organizadores. Es importante trabajar sobre ellos con la suficiente antelación. No obstante, te hacemos un extracto de la normativa a la que están sujetas TODAS las pruebas deportivas, que como la nuestra, utilizan vías publicas para desarrollarse.
Lo dispuesto por la Ley 4/2003 de 24 de febrero, de Espectáculos públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos públicos, de la Generalitat Valenciana (DOGV 4.454, de 6 de marzo), que regula en su artículo 8 a) y 9 b), en los que se establecen las competencias de la Generalitat, a la hora de la autorización de eventos deportivos o actitivades recreativas, que discurran por más de un término municipal.
Lo dispuesto en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre (Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial), en su Anexo II. En este sentido, es conveniente conocer lo regulado por la Dirección General de Tráfico en materia de Seguridad Vial.
Asimismo, la Ley del Deporte de la C. Valenciana, establece, en su artículo 38-a, que "la organización de cualquier tipo de competición en el ámbito de la Comunidad Valenciana que implique la participación de dos o más entidades deportivas requerirá la autorización previa de la Federación".
De igual forma, y como NOVEDAD, indicar que toda concentración de nadadores en la mar deberá ser autorizada por el Capitán Marítimo o, por delegación, por los Jefes de los Distritos Marítimos, en función de la zona en que se desarrolle el evento, en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 62/2008, del Ministerio de Fomento, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas (BOE núm. 33, de 07.02.2008). En el caso de celebrarse la concentración de nadadores en las aguas de la zona de servicio de un puerto, la prueba deberá ser autorizada por la correspondiente Autoridad Portuaria u organismo o entidad que haga sus veces, quien pedirá al Capitán Marítimo su informe vinculante al respecto; en este caso, junto a la solicitud de autorización de la prueba dirigido al organismo o entidad gestora del puerto se unirá el modelo de solicitud, dirigido al Capitán Marítimo.
Todo lo anterior, se complementa con la "Ley de Costas", y con la normativa aplicable de la "Consellería de Territorio y Vivienda", que tenéis disponible "pinchando" en los hipervínculos asociados.
Estos son los documentos que se deberán tener en cuenta para la tramitación de los puntos recogidos en el apartado anterior. Igualmente se han incluido otros documentos que facilitarán la gestión y organización de las pruebas, como son el Modelo de Presupuesto (en formato Excel), y el Borrador o plantilla de Folleto de Pruebas (en formato Word).
(rellenar y enviar via email a Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla )



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